1. La Administración General del Estado contribuirá, en colaboración con las demás Administraciones públicas en cualquiera de las formas admitidas por la legislación reguladora del régimen del
Art 23 de la Ley de Vivienda
sector público, a garantizar el derecho constitucional a disfrutar de una vivienda digna y adecuada mediante los instrumentos de política fiscal, económica, social y de planificación o de
programación de su competencia, atendiendo a la realidad económica, financiera y social, en favor de la cohesión territorial y la lucha contra la despoblación.
2. Para cumplir con el objeto de la ley, los instrumentos de planificación y programación de la Administración General del Estado apoyarán a las Administraciones territoriales competentes en la
ejecución de las políticas de vivienda que, previo análisis y determinación de las necesidades, aseguren la existencia de una oferta suficiente y adecuada de vivienda en condiciones asequibles,
fomentando la utilización racional del suelo y propiciando la ocupación eficiente del parque residencial, y asegurando que tales instrumentos cuenten con una adecuada dotación presupuestaria.
Para ello, la planificación y programación de la Administración General del Estado, en el marco de la consecución de los fines establecidos en esta ley, favorecerá e impulsará de forma
prioritaria:
a) La rehabilitación y la mejora de las viviendas existentes, así como la promoción de vivienda encaminada a la formación de parques públicos de vivienda.
b) La existencia de modalidades de vivienda que se adapten a las necesidades sociales.
c) La adecuada dotación de programas de ayuda específicamente dirigidos a las personas y hogares con mayores dificultades para acceder a una vivienda, con especial atención a las personas jóvenes
y hogares sujetos a mayor vulnerabilidad, así como las familias, hogares y unidades de convivencia con menores a cargo.
Artículo 23. Planificación y programación estatal en materia de vivienda.
Contenidos:
El artículo 23 de la Ley de Vivienda establece las directrices y responsabilidades de la Administración General del Estado en relación a la planificación y programación en materia de vivienda. El objetivo principal es garantizar el derecho constitucional a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.
Contribución de la Administración General del Estado
La Administración General del Estado tiene la responsabilidad de contribuir, en colaboración con las demás Administraciones públicas, a garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada. Esto se realiza a través de instrumentos de política fiscal, económica, social y de planificación o programación. Estos instrumentos deben tener en cuenta la realidad económica, financiera y social del país, y estar orientados a promover la cohesión territorial y combatir la despoblación.
Apoyo a las Administraciones territoriales competentes
Para cumplir con el objetivo de la ley, los instrumentos de planificación y programación de la Administración General del Estado deben apoyar a las Administraciones territoriales competentes en la ejecución de las políticas de vivienda. Esto implica analizar y determinar las necesidades de vivienda y asegurar que haya una oferta suficiente y adecuada de viviendas asequibles. Además, se debe fomentar la utilización racional del suelo y promover la eficiencia en la ocupación del parque residencial. Es importante destacar que estos instrumentos deben contar con una financiación adecuada para su implementación.
Objetivos prioritarios de la planificación y programación
La planificación y programación de la Administración General del Estado tiene como objetivos prioritarios:
Rehabilitación y mejora de viviendas existentes
Se busca promover la rehabilitación y mejora de las viviendas existentes. Esto implica implementar medidas para renovar y mejorar las viviendas con el fin de mantener su calidad y garantizar que sean habitables y seguras. Además, se promueve la formación de parques públicos de vivienda, donde las viviendas puedan ser gestionadas por entidades públicas para su uso y disfrute por parte de la ciudadanía.
Modalidades de vivienda adaptadas a las necesidades sociales
La planificación y programación debe asegurar la existencia de diferentes modalidades de vivienda que se adapten a las necesidades sociales. Esto implica desarrollar políticas que promuevan la diversidad de viviendas, incluyendo viviendas de alquiler, viviendas sociales, viviendas compartidas, entre otras. El objetivo es ofrecer opciones que sean accesibles y adecuadas para todos los grupos de la sociedad.
Programas de ayuda para las personas y hogares con mayores dificultades
Se debe garantizar una adecuada dotación de programas de ayuda dirigidos específicamente a las personas y hogares con mayores dificultades para acceder a una vivienda. Esto se hace prestando especial atención a las personas jóvenes y a los hogares que se encuentran en situación de vulnerabilidad. También se deben considerar las necesidades de las familias, hogares y unidades de convivencia con menores a cargo. Estos programas de ayuda pueden incluir ayudas económicas, subsidios, programas de vivienda social, entre otros.
Aplicación del Artículo 23 de la Ley de Vivienda
1. La Administración General del Estado colaborará con las demás Administraciones públicas para garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada mediante políticas fiscales, económicas, sociales y de planificación, con el objetivo de promover la cohesión territorial y combatir la despoblación.
2. Los instrumentos de planificación y programación del Estado apoyarán a las Administraciones territoriales en la ejecución de políticas de vivienda que aseguren una oferta suficiente y asequible, fomenten la utilización racional del suelo y promuevan la ocupación eficiente del parque residencial, siempre garantizando una adecuada dotación presupuestaria.
3. Se dará prioridad a la rehabilitación y mejora de viviendas existentes, así como a la promoción de viviendas para la formación de parques públicos de vivienda, con el fin de adaptarse a las necesidades sociales.
4. Se impulsarán modalidades de vivienda que se adapten a las necesidades de la sociedad, asegurando la diversificación de la oferta y la accesibilidad para todos los ciudadanos.
5. Se establecerán programas de ayuda específicos para personas y hogares con mayores dificultades para acceder a una vivienda, con especial atención a jóvenes, hogares vulnerables, familias con menores a cargo, entre otros grupos en situación de vulnerabilidad.
6. La Administración General del Estado trabajará en coordinación con las Administraciones territoriales para garantizar una planificación eficaz y una distribución equitativa de los recursos destinados a políticas de vivienda.
7. Se promoverá la colaboración público-privada para impulsar la construcción y promoción de viviendas asequibles y de calidad, favoreciendo la participación de diferentes agentes en la consecución de los objetivos establecidos en la Ley de Vivienda.
8. Se fomentará la innovación en el sector de la vivienda, incentivando la utilización de tecnologías sostenibles y prácticas constructivas eficientes para mejorar la calidad de las viviendas y reducir su impacto ambiental.
9. Se impulsará la formación y sensibilización de la ciudadanía en materia de vivienda, promoviendo el conocimiento de los derechos y deberes en este ámbito, así como fomentando la participación activa en la toma de decisiones relacionadas con la política de vivienda.
10. La Administración General del Estado establecerá mecanismos de seguimiento y evaluación de las políticas de vivienda implementadas, con el fin de garantizar su eficacia y realizar los ajustes necesarios para cumplir con los objetivos establecidos en la Ley de Vivienda.
El artículo 23 de la Ley de Vivienda establece la responsabilidad de la Administración General del Estado en la planificación y programación en materia de vivienda. Se destacan tres objetivos principales: la rehabilitación y mejora de viviendas existentes, la promoción de modalidades de vivienda adaptadas a las necesidades sociales y la implementación de programas de ayuda para aquellos que tienen mayores dificultades para acceder a una vivienda. Estos objetivos contribuyen a garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada para todos los ciudadanos.
