Artículo 31 de la Ley de Vivienda Explicado

Artículo 31 de la Ley de Vivienda Explicado

1. Sin perjuicio de los principios y requerimientos contenidos en la normativa autonómica de aplicación y con carácter mínimo, la persona interesada en la compra o arrendamiento de una
vivienda que se encuentre en oferta podrá requerir, antes de la formalización de la operación y de la entrega de cualquier cantidad a cuenta, la siguiente información, en formato accesible y
en soporte duradero, acerca de las condiciones de la operación y de las características de la referida vivienda y del edificio en el que se encuentra:
a) Identificación del vendedor o arrendador y, en su caso, de la persona física o jurídica que intervenga, en el marco de una actividad profesional o empresarial, para la intermediación en la
operación.
b) Condiciones económicas de la operación: precio total y conceptos en éste incluidos, así como las condiciones de financiación o pago que, en su caso, pudieran establecerse.
c) Características esenciales de la vivienda y del edificio, entre ellas:
1.º Certificado o cédula de habitabilidad.
2.º Acreditación de la superficie útil y construida de la vivienda, diferenciando en caso de división horizontal la superficie privativa de las comunes, y sin que pueda en ningún caso
computarse a estos efectos las superficies de la vivienda con altura inferior a la exigida en la normativa reguladora.
3.º Antigüedad del edificio y, en su caso, de las principales reformas o actuaciones realizadas sobre el mismo.
4.º Servicios e instalaciones de que dispone la vivienda, tanto individuales como comunes.
5.º Certificado de eficiencia energética de la vivienda.
6.º Condiciones de accesibilidad de la vivienda y del edificio.
7.º Estado de ocupación o disponibilidad de la vivienda.
d) Información jurídica del inmueble: la identificación registral de la finca, con la referencia de las cargas, gravámenes y afecciones de cualquier naturaleza, y la cuota de participación
fijada en el título de propiedad.
e) En el caso de tratarse de vivienda protegida, indicación expresa de tal circunstancia y de la sujeción al régimen legal de protección que le sea aplicable.
f) En caso de edificios que cuenten oficialmente con protección arquitectónica por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico, se aportará
información sobre el grado de protección y las condiciones y limitaciones para las intervenciones de reforma o rehabilitación.
g) Cualquier otra información que pueda ser relevante para la persona interesada en la compra o arrendamiento de la vivienda, incluyendo los aspectos de carácter territorial, urbanístico,
físico-técnico, de protección patrimonial, o administrativo relacionados con la misma.

2. En los mismos términos de lo establecido en el apartado anterior, la persona interesada en la compra o arrendamiento de una vivienda podrá requerir información acerca de la detección de
amianto u otras sustancias peligrosas o nocivas para la salud.

3. Cuando la vivienda que vaya a ser objeto de arrendamiento como vivienda habitual se encuentre ubicada en una zona de mercado residencial tensionado, el propietario y, en su caso, la
persona que intervenga en la intermediación en la operación deberá indicar tal circunstancia e informar, con anterioridad a la formalización del arrendamiento, y en todo caso en el documento
del contrato, de la cuantía de la última renta del contrato de arrendamiento de vivienda habitual que hubiese estado vigente en los últimos cinco años en la misma vivienda, así como del valor
que le pueda corresponder atendiendo al índice de referencia de precios de alquiler de viviendas que resulte de aplicación.

Art 31 de la Ley de Vivienda

Artículo 31. Información mínima en las operaciones de compra y arrendamiento de vivienda

En este artículo se establecen los requisitos mínimos de información que debe proporcionarse a las personas interesadas en la compra o arrendamiento de una vivienda. Esta información debe ser proporcionada antes de la formalización de la operación y de la entrega de cualquier cantidad a cuenta.

Identificación del vendedor o arrendador y de la persona que interviene en la intermediación

El artículo establece que se debe proporcionar la identificación del vendedor o arrendador, así como de la persona física o jurídica que intervenga en el proceso de intermediación de la operación.

Condiciones económicas de la operación

Se debe informar sobre las condiciones económicas de la operación, incluyendo el precio total y los conceptos incluidos en éste. Además, se deben indicar las condiciones de financiación o pago que se puedan establecer.

Características esenciales de la vivienda y del edificio

Se deben proporcionar las características esenciales de la vivienda y del edificio en el que se encuentra. Entre estas características se incluyen:

  1. Certificado o cédula de habitabilidad: Se debe indicar si la vivienda cuenta con el certificado o cédula de habitabilidad.
  2. Superficie útil y construida: Se debe acreditar la superficie útil y construida de la vivienda, diferenciando las áreas privativas de las comunes en caso de división horizontal. No se pueden incluir como superficie útil aquellas áreas que no cumplan con la altura exigida por la normativa.
  3. Antigüedad del edificio: Se debe indicar la antigüedad del edificio, así como las principales reformas o actuaciones realizadas sobre el mismo.
  4. Servicios e instalaciones: Se debe informar sobre los servicios e instalaciones disponibles tanto en la vivienda como en el edificio.
  5. Certificado de eficiencia energética: Se debe proporcionar el certificado de eficiencia energética de la vivienda.
  6. Condiciones de accesibilidad: Se deben indicar las condiciones de accesibilidad de la vivienda y del edificio.
  7. Estado de ocupación o disponibilidad: Se debe informar sobre el estado de ocupación o disponibilidad de la vivienda.

Información jurídica del inmueble

Se debe proporcionar la información jurídica del inmueble, incluyendo la identificación registral de la finca, las cargas, gravámenes y afecciones de cualquier tipo, y la cuota de participación fijada en el título de propiedad.

Indicación de vivienda protegida y protección arquitectónica

En caso de tratarse de una vivienda protegida, se debe indicar expresamente esta circunstancia y el régimen legal de protección que le sea aplicable. Además, si el edificio cuenta con protección arquitectónica debido a su valor histórico o arquitectónico, se debe proporcionar información sobre el grado de protección y las condiciones y limitaciones para las intervenciones de reforma o rehabilitación.

Otra información relevante

Se debe proporcionar cualquier otra información que pueda ser relevante para la persona interesada en la compra o arrendamiento de la vivienda. Esto puede incluir aspectos territoriales, urbanísticos, físico-técnicos, de protección patrimonial o administrativos relacionados con la vivienda.

Detección de amianto u otras sustancias peligrosas o nocivas para la salud

La persona interesada en la compra o arrendamiento de una vivienda podrá requerir información sobre la detección de amianto u otras sustancias peligrosas o nocivas para la salud.

Información en zonas de mercado residencial tensionado

Cuando la vivienda vaya a ser objeto de arrendamiento como vivienda habitual y se encuentre en una zona de mercado residencial tensionado, el propietario y la persona que interviene en la intermediación deben indicar esta circunstancia. Además, deben informar, antes de la formalización del contrato de arrendamiento, sobre la cuantía de la última renta del contrato de arrendamiento de vivienda habitual que estuvo vigente en los últimos cinco años en esa misma vivienda, así como del valor que le correspondería según el índice de referencia de precios de alquiler de viviendas.

Artículo 31 de la Ley de Vivienda: Ejemplos

1. Identificación del vendedor o arrendador: Antes de formalizar la operación de compra o arrendamiento, la persona interesada tiene derecho a conocer la identidad del vendedor o arrendador, así como de cualquier intermediario profesional que participe en la operación.

2. Condiciones económicas de la operación: La persona interesada debe recibir información detallada sobre el precio total de la vivienda, los conceptos incluidos en ese precio y las condiciones de financiación o pago que se establezcan.

3. Características esenciales de la vivienda y del edificio: Se debe proporcionar información sobre el certificado de habitabilidad, la superficie útil y construida de la vivienda, la antigüedad del edificio, los servicios e instalaciones disponibles, el certificado de eficiencia energética, las condiciones de accesibilidad y el estado de ocupación o disponibilidad de la vivienda.

4. Información jurídica del inmueble: Se debe facilitar la identificación registral de la finca, con las cargas, gravámenes y afecciones que puedan existir, así como la cuota de participación establecida en el título de propiedad.

5. Vivienda protegida: En caso de tratarse de una vivienda protegida, se debe indicar claramente esta circunstancia y el régimen legal de protección aplicable.

6. Protección arquitectónica: Si el edificio cuenta con protección arquitectónica, se debe informar sobre el grado de protección, así como las condiciones y limitaciones para posibles intervenciones de reforma o rehabilitación.

7. Otra información relevante: Además de lo anterior, se debe proporcionar cualquier otra información que pueda ser relevante para la persona interesada en la compra o arrendamiento de la vivienda, incluyendo aspectos territoriales, urbanísticos, físico-técnicos, de protección patrimonial o administrativos relacionados con la misma.

8. Detección de amianto u otras sustancias peligrosas: En caso de existir amianto u otras sustancias peligrosas en la vivienda, la persona interesada tiene derecho a solicitar información al respecto.

9. Zona de mercado residencial tensionado: Si la vivienda se encuentra en una zona de mercado residencial tensionado, el propietario o intermediario debe informar sobre la cuantía de la última renta del contrato de arrendamiento de vivienda habitual y el valor según el índice de referencia de precios de alquiler de viviendas aplicable.

El Artículo 31 de la Ley de Vivienda establece los requisitos mínimos de información que deben proporcionarse a las personas interesadas en la compra o arrendamiento de una vivienda. Esta información incluye la identificación del vendedor o arrendador, las condiciones económicas de la operación, las características de la vivienda y el edificio, la información jurídica del inmueble, la indicación de vivienda protegida, la detección de sustancias peligrosas, y la información en zonas de mercado residencial tensionado. Todo ello con el objetivo de garantizar una operación transparente y segura para las partes involucradas.